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domingo, marzo 18, 2012

Crear Sociedad limitada

Cómo crear sociedad limitada.

El primer pensamiento de cualquier empresario al madurar la idea de comenzar una actividad económica es "crear una empresa". Para estas personas que tienen claro este paso, les voy a mostrar las ventajas y dificultades que tiene crear una Sociedad Limitada frente a las distintas formas de actividad que la ley nos permite.

La sociedad de responsabilidad limitada, como su definición indica, es :

  • SOCIEDAD: Entidad con personalidad jurídica creada por uno o más SOCIOS

  • RESPONSABILIDAD LIMITADA: Ésta sociedad limita la responsabilidad de sus actos a las acciones acometidas por la sociedad y responderá de sus actos con el patrimonio, únicamente, de la sociedad.


domingo, octubre 16, 2011

Colaboraciones esporádicas. ¡No estoy dado de Alta!

Las colaboraciones esporádicas con las empresas ofrecen la posibilidad de generar ingresos adicionales, si somos asalariados o parados, y pueden llegar a convertirse en una fuente regular de ingresos.

Se trata de trabajos esporádicos que se realizan sin estar dado de alta de ningún organismo, tanto Hacienda como Seguridad Social, puesto que no suponen una actividad económica en sí, y no son de un importe elevado.

Si realizamos pocos trabajos que no generan unos ingresos suficientes como para que merezca la pena estar dado de alta en Hacienda, (pagando el IVA), y tampoco para pagar el régimen especial de autónomos de la Seguridad Social (256 € mensuales en 2013), la Administración permite realizar las facturas de dichos trabajos, sin aplicar el I.V.A. y siempre con una retención del 21% (modificación producida por la subida de impuestos), que restaremos del importe a facturar, (como en las facturas de los profesionales: notarios, abogados, peritos, traductores...). La suma total de estas facturas por trabajos esporádicos o colaboraciones, debe imputarse en la declaración de la Renta, considerando su suma como rendimientos de trabajo, y  deduciéndonos la suma de las retenciones practicadas.

Por supuesto las facturas deberán rellenarse con todos los elementos válidos para su emisión:

  • nombre y DNI del emisor y receptor, fecha de los trabajos, detalle de los trabajos detallados, importe de los trabajos, su suma, la retención del 21% y el importe total de la factura


El mayor problema es el que al no haber un límite marcado por la ley, nosotros decidimos cuántas facturas declaramos como colaboraciones y hasta dónde podemos estirar la cuerda con la Administración.
No olvidemos, que frente a una comprobación de Hacienda, seremos nosotros y no la Administración, los que tendremos que demostrar que nuestro trabajo es esporádico y que no constituye una actividad económica.

Como regla general, hasta ahora se han admitido ingresos menores de 600 € mensuales y que no superen los 7.000,00 € anuales en estos conceptos. Al no existir ley al respecto, este criterio podría variar.

Para cualquier duda, contactad con vuestro asesor

"Actualizado con los criterios de AEAT a mayo 2013"

sábado, octubre 15, 2011

Primera Decisión para Crear una Empresa

La primera decisión, y la más importante de quizás toda nuestra carrear, será "QUE EMPRESA QUIERO SER"

  • Puedo ser autónomo. Esto implica simplificar las cosas, sacar partido de saber de antemano los impuestos que tengo que pagar ( 20% de beneficio y diferencia entre ingresos y gastos con IVA). Tenemos que tener en cuenta si voy a tener trabajadores, responsabilidad y facturación

  • Puedo crear una empresa. Esto implica desembolso del capital inicial, mínimo de 3000 €, más obligaciones formales, pero más manejo de impuestos y mejor imagen ante los demás. NO OLVIDAR LA LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD. Los impuestos que se pagan, por diferencia entre ingresos y gastos, serán del 25 al 30%, dependiendo del montante final del beneficio.

  • Otra opción será la creación de la Comunidad de Bienes, que si bien es más manejable que una sociedad, no termina de separar la responsabilidad del autónomo de la del comunero, que constituye la comunidad de bienes. Los impuestos que se derivan de los beneficios, serán los mismos que los autónomos, divididos entre los comuneros por su participación en la comunidad de bienes.

Una vez que está decidido la forma jurídica que debo ser, tengo que ver que ayudas me merezco.
Eso en un post aparte.

Cualquier duda......contactad conmigo Asesoramiento